Cuando el SAT te indique por medio del buzón tributario u otros medios que tienes un adeudo fiscal, lo recomendable es pedir asesoría. Una vez confirmado el origen y monto que debes pagar al SAT, tienes 30 días hábiles para cumplir con el abono.
Una manera de evitar un problema mayor es solicitar al SAT que el adeudo se pague en parcialidades de 12 hasta 36 meses. Pero en caso de que nuestra situación económica no permita liquidar el adeudo en tiempo y forma, la única alternativa es solicitar la garantía de adeudos fiscales, por medio de prenda hipotecaria, fianzas, depósitos o títulos de valor.
De lo contrario serás acreedor a multas, interés y recargos que la autoridad considere por tu falta de cumplimiento, incluso, pueden proceder al embargo de bienes para liquidar tus adeudos, de acuerdo al artículo 151 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
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