Cambios fiscales que se anticipan para el 2022

El 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda entregó al Congreso de la Unión el Paquete Económico 2022, que incluye las proyecciones macroeconómicas, propuestas de ingresos y de egresos, y diversas reformas y adecuaciones fiscales.

  • Ley del Impuesto sobre la Renta: Se tomará el tipo de cambio que publique el Banco de México.
  • Créditos respaldados sin una razón de negocios: Aquellos financiamientos entre partes relacionadas que carezcan de una razón de negocios, también se le dará el tratamiento de un “crédito respaldado”.
  • Nuevas reglas para la deducción de cuentas incobrables: Ahora al presentar una demanda, se debe obtener una resolución definitiva al caso, para demostrar que se agotaron todos los medios de gestión de cobro o que fue imposible la ejecución de la resolución favorable.
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado: Se propone reformar el artículo 2-A de la Ley del IVA, para aclarar que los productos destinados a la alimentación humana y animal están gravados a la tasa del 0%.Actos no objeto del IVA: Se propone incluir un nuevo artículo dentro de la Ley del IVA para definir qué se considera actos o actividades no objeto del impuesto.
  • Información mensual sobre operaciones por servicios digitales vía plataformas: La información que se presente al SAT por los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, relacionados con las operaciones con sus clientes en México, se haga de forma mensual.
  • Código Fiscal de la Federación: Nuevo supuesto para no otorgar una firma electrónica avanzada cuando la autoridad detecte que la empresa solicitante tiene un socio o accionista que no ha corregido su situación fiscal.
  • Motivos para cancelar o suspender temporalmente los CSD: Si un contribuyente no logra desvirtuar y aclarar su situación fiscal se procederá a cancelar sus CSD y solo podrá nuevamente tramitarlos, cuando se regularice.
  • Ampliación de plazo para devoluciones, en caso de ejercicio de facultades: Se amplía el plazo para que la autoridad emita su resolución una vez concluida el ejercicio de sus facultades y emita el acta parcial o el oficio de observaciones.
  • Los mayores de edad deben solicitar su inscripción ante el RFC: Se establece como una obligación, el que las personas mayores de edad, deben registrarse ante el Registro Federal de Contribuyentes RFC.

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